La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la Norma Oficial Mexicana (NOM) que establece el derecho de las víctimas de violación acceder a la interrupción del embarazo.
Aunque solo 8 ministros se pronunciaron en contra de la impugnación interpuesta por los gobernadores de Baja California y de Aguascalientes, en la que se argumentó que la modificación de la NOM 190, que originó a la actual NOM 046-SSA2-2005 (NOM 046) no cumplió con las reglas del procedimiento para crear este tipo de normas.
La NOM 046 establece que las víctimas de violación tienen derecho a acceder al aborto en cualquier institución de salud pública del país, mismas que deberán contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, sin presentar su denuncia ante el Ministerio Público.
Según dicha norma, bastará que la víctima presente un escrito o manifieste bajo protesta de decir verdad que fue agredida sexualmente para que de esta forma tenga acceso a la interrupción legal del embarazo.
Redacción