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Aprueba Congreso de Sinaloa figura de Revocación de Mandato alineada a la federal Destacado

Escrito por  May 17, 2022

 

* Sólo para el gobernador; dejan fuera a presidentes municipales.

 

Culiacán, Sinaloa. De forma unánime el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó reformas a la Constitución local para establecer la figura de revocación de mandato para quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo estatal, lo que deja fuera del alcance a los presidentes municipales como lo sugirió el gobernador Rubén Rocha Moya ya que está alineada a la legislación federal.

Con 39 votos a favor, en sesión pública ordinaria, el Pleno aprobó dictamen elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, mismo que acaba con la posibilidad de que la decisión sea vinculante con el 10 por ciento de los votos del total del padrón electoral y que la jornada de votaciones pueda realizarse el mismo día de las votaciones constitucionales tradicionales.

Se aprobó dictamen elaborado con las iniciativas presentadas ante el Congreso local por el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya; los grupos parlamentarios de Morena y el PAS, y un grupo de ciudadanas y ciudadanos sinaloenses.

La revocación de mandato será convocada por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a petición de las ciudadanas y ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al diez por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del estado, en por lo menos once municipios.

Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del período constitucional.

Se realizará mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal del estado, el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o local.

El IEES tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación. El cómputo final lo realizará el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.

Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado.

En caso de haberse revocado el mandato del Gobernador o Gobernadora, el Congreso nombrará dentro de los treinta días siguientes a quien concluirá el período constitucional.

Enrique Rodríguez