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El Senado prohíbe la venta de alimentos chatarra cerca de las escuelas Destacado

Escrito por  Redacción Feb 12, 2021

Por unanimidad, con 109 votos a favor, los senadores avalaron reformar la Ley General de Educación para asegurar alimentos sanos para los estudiantes.

El Senado de la República aprobó este jueves una reforma para prohibir la venta de alimentos chatarra en comercios cercanos a los planteles escolares, con el objetivo de fomentar una alimentación sana entre los menores de edad.

Por unanimidad, con 109 votos a favor, los senadores avalaron reformar la Ley General de Educación para asegurar alimentos sanos para los estudiantes, siendo esta la primera iniciativa votada y aprobada en sesión remota debido a la emergencia sanitaria por COVID-19.

La propuesta fue presentada por el senador Martí Batres (Morena) desde el 8 de enero de 2020, es decir, antes de que la pandemia obligara al cierre de planteles educativos.

De hecho, por esta situación y ante la evidencia científica de que las personas con obesidad y diabetes son las más vulnerables ante el virus SARS-CoV-2, el Congreso de Oaxaca aprobó en agosto de 2020 una ley que prohíbe la venta y suministro de alimentos y bebidas ultraprocedadas a menores de edad, en cualquier ámbito.

La iniciativa aprobada este jueves en el Senado es para reformar el artículo 75 de la Ley General de Educación. "Con el propósito de lograr un óptimo desarrollo y desenvolvimiento en las distintas áreas educativas, abonando en la lucha contra la grave crisis de salud en materia de obesidad, sobrepeso, diabetes e hipertensión que afecta a nuestro país", se lee en el documento.

A diferencia de la "ley antichatarra" de Oaxaca, que deja en manos de los padres de familia o tutores la responsabilidad de lo que consuman los menores, la legislación del Senado establece que las autoridades educativas son las que tendrán que promover, en los tres niveles de gobierno, la prohibición de la venta de alimentos con alto contenido calórico en las inmediaciones de las escuelas.

"Siguiendo los criterios nutrimentales y las normas oficiales mexicanas de la Secretaría de Salud (...) las autoridades educativas promoverán ante las autoridades correspondientes, sean federales, de un estado, municipio, alcaldía, ejido o de la comunidad, la prohibición de la venta de alimentos con bajo valor nutritivo y alto contenido calórico en las inmediaciones de los planteles escolares.

"Estas autoridades fomentarán el expendio de alimentos saludables, de preferencia producidos en el barrio, vecindad o región de cada plantel", establece la ley del Senado.

También se instruye a las cooperativas de las escuelas "fomentar estilos de vida saludables" en la alimentación de los estudiantes, para lo cual se indica que su operación será con apego a los lineamientos que establezca la Secretaría de Salud.

"La Secretaría garantizará todos los apoyos necesarios para que las cooperativas cumplan esta obligación y para que en las mismas se distribuyan productos del barrio, vecindad o región de cada plantel, que sea culturalmente adecuados a la comunidad educativa, los cuales deberán incluir la comercialización de frutas y verduras", se agrega en el documento.

Esta ley también se se aprueba en medio de la implementación, a nivel nacional, del nuevo sistema de etiquetado frontal en bebidas azucaradas y productos ultraprocesados

De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), México se encuentra en el primer lugar a nivel mundial en obesidad infantil.

 

Modificado por última vez en Viernes, 12 Febrero 2021 09:01