La Corte Internacional de Derechos Humanos condena a Colombia por persecución y espionaje a un colectivo Destacado

Escrito por  Informador MX Mar 18, 2024

 

Colombia.- El caso se refiere a la persecución, hostigamiento y espionaje por parte del Estado colombiano de la que fue víctima a partir de 1990 el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR)

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este lunes a Colombia por diversas violaciones a derechos derivados de la persecución y el espionaje a los integrantes del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), una organización vinculada a la defensa de los derechos humanos.

La sentencia la notificó el vicepresidente de la CorteIDH, el brasileño Rodrigo Mudrovitsch, por medio de un acto oficial realizado de forma virtual con la presencia de las partes involucradas en el caso.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia declaró la responsabilidad internacional de Colombia por violaciones al derecho a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, a la libertad de pensamiento, a la autodeterminación informativa, a conocer la verdad, a la honra, a las garantías judiciales, a la protección judicial, a la libertad de asociación, de circulación y de residencia, a la protección de la familia, al derecho a la niñez y al derecho a defender los derechos humanos”, dijo Mudrovitsch.

 

¿En qué consiste el caso?

El caso se refiere a la persecución, hostigamiento y espionaje por parte del Estado colombiano de la que fue víctima a partir de 1990 el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), por su labor de defensa de los derechos humanos.

La CorteIDH determinó en la sentencia que desde la década de 1990 “diversas dependencias estatales llevaron a cabo actividades arbitrarias de inteligencia en perjuicio de los miembros del CAJAR y sus familiares”.

En ese contexto “las autoridades recopilaron y conservaron distinta información, incluidos datos personales, a partir de lo cual elaboraron archivos y ‘hojas de vida’ que contenían anotaciones y registros de distinta naturaleza respecto de las víctimas, a quienes, hasta la fecha, no se les ha garantizado el acceso a los archivos de inteligencia, vedándoles la posibilidad de reclamar la actualización, rectificación o eliminación de los datos”, señaló la CorteIDH.

“Las actividades de inteligencia continuaron durante la vigencia de la Ley 1621 de 2013, dirigida a regular las funciones que desarrollan los organismos de inteligencia y contrainteligencia. Asimismo, los miembros del CAJAR, a raíz de las declaraciones de funcionarios estatales y publicaciones de oficinas gubernamentales que los descalificaban y los vinculaban con grupos guerrilleros, fueron objeto de estigmatización”, añade el tribunal internacional

Modificado por última vez en Martes, 19 Marzo 2024 09:00