En un comunicado de prensa se informó que esta decisión surgió tras la aprobación del acuerdo por parte del INE, que aumentó, del 40% al 50%, el porcentaje de asignación de financiamiento y acceso a tiempos de radios y televisión, para las candidaturas de mujeres de los partidos políticos nacionales y locales. En desacuerdo con lo anterior, Movimiento Ciudadano acudió a la Sala Superior.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmó el acuerdo cuestionado, principalmente, porque el incremento aprobado se alinea con la obligación de los partidos de postular mujeres en, al menos, el 50% de las candidaturas durante los procesos electorales.
Por último, se determinó que el INE actuó dentro de sus competencias y sin transgredir los principios constitucionales (SUP-RAP-328/2023).